Régimen de Plataformas Tecnológicas
Online y Presencial

Este Régimen está dirigido a Personas Físicas que enajenan bienes, prestan servicios o conceden hospedaje a través del uso de plataformas tecnológicas que fungen como intermediarios entre el prestador y el usuario.
Como intermediarios se consideran las aplicaciones informáticas, a través de las cuales es contratado el servicio o adquirido el bien.
Dentro de este régimen se consideran diversas variantes que son:
▪️ Nivel de ingresos.
▪️ Tipo de servicio.
▪️ Forma de tributación.
El cumplimiento de obligaciones fiscales dentro de este régimen se basa en el porcentaje de obtención de ingresos que se obtengan a través de las aplicaciones informáticas, y que otro porcentaje se obtiene de manera directa con los clientes o adquirientes del servicio.
Oferta de Servicios:
La oferta de servicios la puedes consultar más abajo, sin embargo, se basan en el esquema de tributación que se tenga.
▪️ Esquema de Pagos Definitivos de ISR e IVA
▪️ Esquema de Acreditamiento
Online y Presencial
Requiere contrato.
Más información
Contacto Directo.
La gran mayoría de los servicios prestados son contratados y formalizados mediante la firma de un contrato en el cual se plasman los acuerdos previos, lo cual garantiza a nuestros clientes el compromiso, pero también el debido uso de la información que se nos proporciona para la prestación de nuestros servicios.